Author: Rodrigo Ignacio Mollinedo Sepulveda
El RPSC Felicita a Registro Digital Prisma S.A. por su Innovador Proceso de Identificación Virtual No Asistida
El Registro de Prestadores de Servicios de Certificaciòn (RPSC) extiende sus más sinceras felicitaciones a Registro Digital Prisma S.A. por la implementación de su nuevo proceso de identificación virtual no asistida. Esta iniciativa marca un importante avance hacia la modernización y eficiencia en los servicios digitales.
El RPSC reconoce el compromiso de Registro Digital Prisma S.A. en la innovación y mejora continua de sus procesos, lo que no solo beneficia a los usuarios, sino que también contribuye al desarrollo de un entorno digital más seguro y accesible.
Presidente de la República utilizará firma electrónica para exoneración de multas y recargos
Por Isaac Ramirez14 de octubre de 2024 en GOBIERNO, PORTADA, Presidencia
Firma electrónica presidencial para exonerar multas y recargos tributarios se suma a la simplificación de trámites administrativos.
Ciudad de Guatemala, 14 oct (AGN).- El Ministerio de Gobernación publicó en el Diario de Centro América el Acuerdo Gubernativo 160-2024, sobre la firma electrónica presidencial.
Dicho acuerdo hace referencia al uso de la firma electrónica presidencial para exoneración de multas y recargos a los contribuyentes, como una atribución constitucional. La atribución mencionada se relaciona con incumplimiento de pagos tributarios dentro de los términos y tiempos legales.
Lo anterior se fundamenta en el Decreto 47-2008 del Congreso de la República, Ley para el Reconocimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas. Este y otro decreto autoriza al Estado el uso de la firma electrónica en actos, contratos y otros documentos utilizados en la administración pública.
Esto se enmarca en el Decreto Número 5-2001 Ley para la Simplificación de Requisitos y Trámites Administrativos. Esta simplifica y reduce de manera gradual el uso de firmas manuscritas, con el objetivo de agilizar trámites administrativos y migrar al uso de documentos electrónicos.
Por lo anterior, se acuerda implementar la firma electrónica avanzada en las resoluciones emitidas por el Presidente de la República de Guatemala relacionadas con la función de exonerar multas y recargos.
La firma electrónica presidencial se suma en el ámbito de la exoneración de multas y recargos a los contribuyentes por impagos administrativos dentro de los plazos legales establecidos por la ley.
Todas las personas jurídicas o físicas que intervengan en este procedimiento presidencial irán migrando también firmas al sistema electrónico, de manera gradual y progresiva. Esto, según aplique en el procedimiento respectivo.
El secretario general de la Presidencia indica el acuerdo mencionado, podrá ejercer su atribución cuando el documento sea emitido de forma electrónica.
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